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Ciudadanía y globalización: el caso de la Unión Europea Jordi Borja La ciudadanía es un concepto forjado inicialmente en la ciudad.
Corresponde al estatuto de los hombres y mujeres libres ("el aire
de la ciudad nos hace libres"). Este estatuto, conjunto de derechos
y deberes, se realizaba mediante las instituciones de representación
y gobierno en el ámbito local. Los Ayuntamientos, las "communes"
o los "burgos", con su asamblea elegida y el control que ejercía
ésta sobre el gobierno de la ciudad son el precedente de la democracia
política europea y americana. El ciudadano era el habitante de
"derecho" de la ciudad. Aun hoy en España se distingue
la población de "derecho" de la población de "hecho"
en cada municipio. En la actualidad este concepto de ciudadanía no parece suficiente
para integrar las nuevas demandas democráticas. Porque precisamente
el concepto de ciudadano se refiere a una realidad dinámica. La
ciudadanía se ha ido ampliando como resultado del desarrollo social
y civil del Estado democrático. El estatuto de ciudadano en la
segunda mitad del siglo XX es a la vez resultado del progreso civil (extensión
hacia las mujeres y los jóvenes), social (Estado del Bienestar)
y político (mecanismos de participación y representación
más amplios y eficientes). En consecuencia, en la medida que la ciudadanía es para la gente
lo que la democracia es para la organización política, no
es posible separar progreso democrático de desarrollo de la ciudadanía,
el cual tiene dos frentes abiertos. En este artículo no nos referimos al conjunto de cuestiones planteadas
en esta Introducción, sino únicamente al devenir de la ciudadanía
en el marco de la Unión Europea. Aunque sean un ámbito y
una perspectiva parciales, tienen la doble ventaja de referirse al "montaje"
supraestatal posiblemente más desarrollado y permiten, en consecuencia,
avanzar propuestas relativas a una ciudadanía supranacional, o,
mejor dicho, a la dimensión supranacional de la ciudadanía,
sin que estas propuestas sean utópicas. Las ciudades no tienen competencia para transformar la ciudadanía,
ligada al Estado y a la nacionalidad, y ahora también a la Unión
Europea. No obstante, existen tres razones que justifican su implicación
en el proceso de configuración de la ciudadanía europea: Una razón política: las autoridades locales, doblemente
legitimadas por su representatividad política y por su proximidad
con las problemáticas sociales, culturales y con los ciudadanos
en particular, son más capaces y sensibles para contemplar el conjunto
de derechos y de deberes que podrían formar parte de un concepto
ambicioso de ciudadanía europea. ¿Qué es la ciudadanía? En la década de los noventa se ha puesto de actualidad un viejo
y nuevo concepto como es el de "ciudadanía". ¿Qué
razones explican la sorprendente actualidad de dicho concepto? Entre las distintas posiciones de debate de las últimas décadas
(liberales vs. comunitarios, universalistas vs. contextualistas...) surge,
entre la teoría y la práctica, una tercera opción,
que es la del concepto de ciudadanía. Parece pues, que la racionalidad de la justicia y el sentimiento de pertenencia
a una comunidad concreta deben ir unidos si queremos asegurar ciudadanos
plenos y a la vez una democracia sostenible. Ciudadanía política La ciudadanía es, en primer lugar, una "relación política"
entre un individuo y una comunidad política, en virtud de la cual
es miembro de pleno derecho de esa comunidad y le debe lealtad mientras
disfruta de ella. En la actualidad, la ciudadanía supone un estatuto
jurídico que atribuye un conjunto de derechos políticos,
civiles y sociales a los sujetos que la disfrutan, ya sea por nacimiento
o por la adquisición posterior de esta ciudadanía. Así,
la ciudadanía permite ejecutar, al menos teóricamente, el
conjunto de roles sociales que permiten a los "ciudadanos" intervenir
en los asuntos públicos (votar o ser elegido, participar en organizaciones
políticas y sociales, ejercer plenamente las libertades y los derechos
reconocidos por la ley). La ciudadanía se basa, por un lado, en un atributo que reconoce
o concede el Estado. Por otro, parte dl supuesto que los ciudadanos comparten
unos valores y una pautas de comportamiento que permiten la convivencia
entre ellos y les dota de una identidad colectiva específica. En el siglo XIX la ciudadanía adquirió un carácter
predominantemente político. Los ciudadanos eran aquellos que gozaban
de la plenitud de derechos políticos. En el siglo XX la ciudadanía ha adquirido un nuevo contenido:
el social. Ser ciudadano hoy es tener derecho a recibir educación
y asistencia, prestaciones sociales diversas, servicios públicos
subvencionados, salario reglamentario, protección laboral, etc.
En suma, los podemos llamar como derechos humanos, económicos,
sociales y culturales. Hasta aquí hemos visto la dimensión política y social
de la ciudadanía, el ser humano no sólo es sujeto de derechos
de las dos primeras generaciones (ciudadanía política y
social). Es sobre todo miembro de la sociedad civil, parte de un conjunto
de asociaciones no políticas ni económicas, esenciales para
su socialización y para el cotidiano desarrollo de su vida. Ciertamente,
la importancia de la sociedad civil no es poca, sobre todo si tenemos
bien presente que el conjunto de procesos constitutivos de la ciudadanía
no ha sido automático, derivado de un progreso moral ineludible,
o del desarrollo inercial en las instituciones públicas, o un efecto
milagroso del mercado. La construcción de la ciudadanía
ha sido el resultado de múltiples conflictos. De conflictos sociales,
de confrontaciones de valores, de enfrentamientos políticos. Y
también de conflictos entre las propias instituciones del Estado.
Sobre la ciudadanía, hoy Hoy, la ciudadanía se enfrenta a un doble desafío. Por
una parte, hay factores que ponen en cuestión los contenidos de
la ciudadanía adquirida. Por otra, nuevos fenómenos plantean
la necesidad de ampliar los contenidos y renovar el concepto de ciudadanía.
Esta situación se agrava porque entre los ciudadanos con posibilidad
de ejercer "sus derechos", el temor a quedar fuera les estimula
los comportamientos corporativos e insolidarios; la intolerancia y la
xenofobia. La redefinición "femenina" del concepto de ciudadanía,
pues subsisten en importantes factores de desigualdad jurídica,
social, política y cultural entre los géneros (por ejemplo
derechos económicos, de acceso a determinadas instituciones, etc.) La necesidad de la ciudadanía europea Se ha enfatizado tanto la importancia, incluso la urgencia, de formalizar
la ciudadanía europea que parece casi innecesario argumentar al
respecto. Por descontado que si la representatividad falla, la dimensión
participativa de la democracia es prácticamente inexistente. Excepto
los referéndum nacionales (en algunos países) los momentos
de debate y de información, de movilización social, sobre
la construcción europea, han sido rarísimos. Falta un proyecto político-ideológico movilizador y legitimador
y unos referentes institucionales y jurídicos, algo así
como supraconstitucionales, que proporcionen el ámbito de desarrollo
de la ciudadanía europea. No es posible mantener por mucho tiempo una distinción política
y jurídica entre "nacionales", "extranjeros comunitarios"
y extranjeros no comunitarios (residentes que a su vez se dividen entre
legales e ilegales). Los valores "universales" constitutivos
de la cultura política europea exigen la igualdad política,
jurídica y social de todos los residentes reales. ¿Existen las bases politico-legales de la ciudadanía europea? La ciudadanía europea formal hoy consiste en: Por último, se abre una puerta a la extensión de la ciudadanía
europea por medio de acuerdos unánimes del Consejo Europeo, según
propuesta de la Comisión y previo Informe del Parlamento Europeo.
El Consejo Europeo (formado por los representantes de los gobierno nacionales)
hasta ahora es la institución europea menos proclive al desarrollo
de la ciudadanía (recuérdese que no aceptó la propuesta
española, más ambiciosa, de 1990 ni de la comisión,
de 1991, que se inspiraba y reducía la anterior). El Tratado de
Amsterdam refuerza algunos de los derechos individuales con nuevas disposiciones:
Derechos fundamentales: "La Unión se basa en los principios
de libertad, democracia, respeto a los derechos humanos y de las libertades
fundamentales, así como del Estado de Derecho". Desde ahora,
los ciudadanos europeos pueden recurrir ante el Tribunal de Justicia,
en Luxemburgo, los actos de las instituciones que consideren contrarios
a los derechos fundamentales. Si el Consejo Europeo constata la existencia
"de una violación grave y continuada" de dichos principios
por parte de un Estado miembro, puede sancionarlo con la suspensión
de algunos de sus derechos, derecho de voto inclusive. Del mismo modo,
la UE puede adoptar medidas necesarias para combatir "cualquier discriminación
basada en razones de sexo, raza, origen étnico, religioso y creencias,
discapacidad, edad u orientación sexual". Derechos de los consumidores: "Con el fin de promover los intereses
de los consumidores y un nivel elevado de protección de los mismos,
la Comunidad contribuye a la protección de la salud, de la seguridad
y de los intereses económicos de los consumidores". También
garantizará un nivel elevado de protección de la salud humana
en la definición y en la aplicación de todas las políticas
y actividades de la Comunidad". Derecho a la información: "Cualquier ciudadano de la Unión
y cualquier persona física o jurídica que resida o tenga
su sede en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos
procedentes del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión",
sin perjuicio de los principios y condiciones que rigen este derecho.
Cuando actúa en calidad de legislador, el Consejo también
hace públicos los resultados de las votaciones y las explicaciones
de voto. En resumen, por ahora la base político-jurídica
de la ciudadanía europea es muy débil. El Estado-nación, cuestionado Hasta ahora el Estado (el Estado-nación) tenía (tiene)
el monopolio de la definición de la ciudadanía. Sin embargo,
el Estado-nación sufre hoy un triple cuestionamiento. Sin negar la necesidad de plantear en el ámbito estatal estas
exigencias parece lógico también proponer a los nuevos ámbitos
políticos, tanto los supraestatales (como la Unión Europea)
como a los subestatales (regiones y municipios) la regulación,
la protección y la ampliación de la ciudadanía. Jordi Borja |